Preguntas y respuestas



¿Qué documentos requiero para tramitar mi Fejem?

Se requiere en original:

  • Identificación Oficial con fotografía (Ine o pasaporte vigentes)
  • Curp actualizado
  • Comprobante de domicilio vigente no mayor a tres meses (no necesariamente que tenga la misma dirección que el Ine).

En el caso de ser abogados:
Cédula profesional de Licenciado en derecho para cuenta de Tribunal y correo electrónico.
En caso de servidores públicos:
Gafete o Identificación Institucional oficial y vigente. (Únicamente para generar Tribunal y correo electrónico Institucional).

¿Qué es y por qué no puedo descargar y usar el generador de requerimiento?

Es un programa que sirve para encriptar los datos personales de los solicitantes y genera un archivo .req. Se usa para agendar la cita respectiva y un archivo .key, que representa una llave privada las que estarán vinculadas a su firma electrónica y contraseña.


El programa se descarga de la página del Poder Judicial de Estado de México, fejem.pjedomex.gob.mx que se encuentra comprimido en un carpeta zip, para poderse instalar se debe extraer de la misma carpeta, y ejecutar el archivo .exe.

¿Cómo tramito mi Fejem y agendo la cita?

Se debe ingresar a la página fejem.pjedomex.gob.mx, selecciona la opción de obtener firma electrónica, acepta términos y condiciones, después da clic en la opción solicitar, posteriormente se descargará el programa denominado "Requerimiento" y se instala.


Una vez que ya está instalado el programa Generador de Req.exe en la computadora, se abre desde el escritorio de la pantalla, damos clic en el requerimiento de certificación y a continuación se llena el formato digital con los datos de usuario, se crean las contraseñas de firma (de acceso a llave privada y de revocación, las que debe contener al menos ocho caracteres es decir letras mayúsculas minúsculas, números en el orden que se elija se sugiere que sean iguales) y guardar los archivos que le genere que son un .req y un .key que conforman una parte de la firma, posterior a ello, en la página de internet fejem.pjedomex.gob.mx se adjunta el requerimiento (.req), se validan los datos, llenamos el formulario, se adjuntan comprobantes de identificación oficial (ine, ife y pasaporte vigente) CURP, y comprobante de domicilio, todo ello en formato PDF en archivos independientes cada archivo debe ser menor a 750 kb, selecciona fecha de su cita y guarda su comprobante, un día antes de la cita agendada se le hará llegar un link de acceso a una tele presencia con la cual se dará fin a su trámite de firma electrónica.

¿Por qué no puedo usar mi requerimiento para agendar otra cita?

Porque los archivos generados se pueden usar solo una vez para la solicitud de una cita.
No puede ser usado dos veces.

¿Porque al agendar la cita me marca error al momento de subir los documentos?

Atendiendo su petición, y observando el error que adjunta, comentamos que para poder continuar con su trámite, sus archivos deben estar en formato PDF con un tamaño por archivo menor a 750 kb, de lo contrario marcará error y no le permitirá continuar, empero, con ese mismo registro usted puede ingresar a la página fejem.pjedomex.gob.mx solicitar firma y en el apartado que dice agendar cita dar clic, proporciona su CURP y su contraseña con lo que le permitirá concluir su cita, o bien empezar de nuevo, generar otro requerimiento y realizar todo el proceso. Si usted quiere comprimir, reducir el tamaño de sus archivos en esta página lo puede realizar, o bien digitalice nuevamente sus documentos, pero deben ser de un tamaño menor a 750 kb, por archivo https://www.ilovepdf.com/es/comprimir_pdf.


No puedo agendar cita me marca día inhábil.
El error se debe a que ya no hay citas disponibles en la fecha y oficina solicitada,
sin embargo podrá seleccionar otro día u otra oficina.

¿Cómo se llevara a cabo a cita en tele presencia, me hacen llegar algún archivo?

Todas las citas agendadas serán atendidas en línea, ya que en ninguna oficina de Atención se encuentra otorgando servicio, por lo que se le hará llegar un correo electrónico un día antes de la cita agendada (Normalmente se envían en la tarde) con el link de acceso a la tele presencia donde será atendido por un agente certificador calificado y culminará su trámite.

¿Qué servicios se otorgan al momento de llevar a cabo la cita?

  • Se otorgará la firma electrónica (Fejem)
  • Tribunal electrónico (para todas las materias)
  • Correo electrónico institucional para recibir notificaciones.

¿Cómo uso la Fejem, el Tribunal Electrónico y el correo Institucional?

Para que usted tenga un conocimiento más amplio de la forma de uso le presentamos el siguiente video tutorial y manuales adjuntos. (Liga de tutorial)

¿Está vinculada la Fejem, con el SAT, para cobrarnos impuestos?

No, la Fejem es autónoma e independiente de las demás firmas particulares e Institucionales.

¿En dónde se encuentra regulado el trámite de la Fejem?

En la circular 39/2017 de fecha 30 octubre de 2017, entrada en vigor 01 de noviembre del mismo año (Visualizar circular).

¿Ya tengo mi firma, eso quiere decir que ya puedo ver todos los expedientes?

No, es importante precisar que de acuerdo a la circular 26/2019 debe promoverse ante el Juzgado que conoce el asunto el acceso electrónico al expediente que requiere ya sea en oficialía de juzgado o mediante el Tribunal electrónico, una vez que sea autorizado por el órgano jurisdiccional competente ya se estará en posibilidad de revisarlo por internet y en su caso promover en línea.(Visualizar circular).

¿Cuáles son los servicios que ofrece el Tribunal electrónico en el tiempo de pandemia?

Son diversos servicios los que se otorgan entre ellos Generar expedientes electrónicos, recibir promociones virtuales, notificaciones, de acuerdo al contenido de la circular 04/2021. etc… (Visualizar circular 04/2021).

¿Por qué debo realizar mi trámite de solicitud de Fejem únicamente con mis datos personales?

Porque se trata de un trámite de carácter personal con trascendencia legal y que además solo puede ser usada por el interesado.
Lo que se encuentra estipulado en la circular 39/2017. (Visualizar circular)

¿Cómo sé que debo renovar mi firma y como puedo renovarla?

Usted sabrá cuando se deberá renovar ya que le llegará un correo electrónico de renovación con 30 días de anticipación, posteriormente debe de seguir los pasos que menciona el manual de renovación.
El procedimiento es:

  • Ingresar a la página fejem.pjedomex.gob.mx
  • Ir al recuadro que dice Renovar
  • Descargar el requerimiento
  • Abrir el programa instalado en su computadora Gen Req.exe que se encuentra en el escritorio.
  • Crear un archivo pfx, el que solicita los archivos actuales de firma y contraseña.
  • Una vez creado el archivo .pfx, en el programa Gen Req.exe, se dará clic en la opción de Requerimiento de Renovación en el cual le pedirá adjuntar el archivo pfx antes creado y validará la información que tiene registrada su firma actual, en este paso le pedirá confirmar su contraseña o cambiarla si así lo desea, una vez validada esta información el programa le creará su nueva llave privada .key y un archivo .req para renovar su certificado.
  • Regresa a la página de internet, donde dio clic al rubro renovación donde le pedirá su archivo .req que acaba de crear y confirmará sus datos nuevamente, al finalizar la página le dirá que su firma ha sido renovada.
  • por último ingresa a la página fejem.pjedomex.gob.mx/Solicitudes.aspx donde digitará su clave CURP y dará clic en buscar y el sistema le entregará su certificado digital con lo cual ya tendría los tres elementos de su firma electrónica archivos .key .cer y su contraseña Esta renovación de firma solo se puede hacer 30 días antes de su vencimiento.(Visualizar manual). Anexar liga de manual

¿Cómo revoco mi firma electrónica?

Para revocar su firma electrónica se requiere que llene el documento anexo a con sus datos de firma electrónica lo imprima firme, escanee y lo envié con copia de identificación con fotografía a este correo electrónico en formato PDF, para con ello revocar sus archivos de firma electrónica y usted esté en posibilidad de tramitar una nueva firma electrónica, o bien ingresar a la página http://fejem.pjedomex.gob.mx/Solicitudes.aspx ir al apartado de revocar firma electrónica digita su CURP y contraseña que usted creó para revocar, con lo cual usted estará en posibilidad de realizar la solicitud de una nueva firma electrónica, en esta misma página. (Anexo documento de revocación.)

¿En qué caso debo de revocar mi firma electrónica?

  • En el caso de que se extravíen los archivos que la integran
  • Cuando consideramos que se puede hacer mal uso de la misma
  • Cuando ya no contemos con la contraseña de llave privada
  • Por muerte del titular.
  • Resolución administrativa o judicial que lo ordene.
  • Por error en la emisión del certificado

¿Puedo recuperar mis contraseña o los archivos que la integran?

Atendiendo su petición le informo que no hay manera de recuperar su contraseña y/o archivos de firma electrónica (.key y contraseña las genera usted antes de agendar cita, las genera en su computadora), por lo que deberá solicitar la revocación de su firma llenando la solicitud de revocación que le adjunto, imprimirlo, firmarlo en autógrafo escanearlo en formato PDF y hacerlo llegar a esta misma cuenta de correo para que se le revoque su firma y se pueda generar una nueva en consecuencia.

¿Cómo funciona la notificación electrónica?

El Juzgado realiza la notificación electrónica cuando el interesado ha señalado su correo electrónico institucional de acuerdo a lo previsto en el artículo 1.174.1 del Código de procedimientos Civiles para el Estado de México vigente.



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v.1.0.13